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¿Cuántas botellas puedo entrar en mi equipaje a Colombia?

  • Foto del escritor: Diego Montoya
    Diego Montoya
  • 6 feb 2019
  • 2 Min. de lectura

Por Diego Montoya Chica.

Publicado en Revista Credencial, Agosto 2023


La respuesta corta es: cinco litros de alcohol a menos de 70 % de ABV, por viajero (cuentan a partir de los 24 % de ABV). Y esa cantidad de líquido puede estar repartida en las seis botellas y ‘pico’ de 750 mililitros en las que cabe o en un número distinto de recipientes, según cambie su tamaño. Así se entiende tanto en los manuales de mercancías peligrosas de la International Air Transport Association (IATA) como en las recomendaciones de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), esta última ligada a la ONU.

Y aquí una nota al margen: las aerolíneas son la guía directa para cada pasajero, la cara institucional de su viaje. Serían entonces las llamadas a transmitir dicha información, pero no considero que lo hagan con suficiente claridad. Sus razones tendrán: quizá es difícil comunicar cómo dialoga todo lo anterior con la legislación del país donde se planee aterrizar.

Al respecto consulté con la Aerocivil y allí corroboraron lo de los cinco litros “por pasajero”. Pero no me supieron responder una duda que, creo, es lógica: ¿cómo corroboran las autoridades aeroportuarias si esa cantidad se supera al sumar lo que se tiene en el equipaje de bodega junto con aquello que se compró en algún duty free de camino?

Quien sí se refirió a ello fue un instructor en la Escuela Intercontinental de Aviación. Este aseguró que controlarlo es, en realidad, “complejo”; léase: difícil. “Aleatoriamente o por sospecha en los rayos X, la persona podría ser seleccionada para una inspección más profunda (...). Si el pasajero, por transportar estos productos, causa un accidente y se logra comprobar que llevaba más de lo autorizado, tendrá que responder por los daños y perjuicios que cause dicha acción”, comentó el experto.

Y como este cubo tiene más costados, indagué también con la DIAN para entender el lado tributario. Fue una sorpresa encontrar que su legislación vigente dictamina otra cosa: un viajero puede entrar al país hasta 10 unidades de “artículos para el uso personal o familiar” —para nuestros efectos: botellas— siempre y cuando su valor comercial sumado —de 10 o menos unidades— no supere los 2.000 dólares estadounidenses. Si los sobrepasa, comienza a pagar tributo de 15 %, únicamente sobre el excedente de dicho monto base. Poco se verá lo anterior en viajeros de a pie, pues las regulaciones de seguridad descritas, que solo permiten pasar seis botellas, se ejecutan antes de llegar a la aduana.

A este enredo hay que sumarle el peso del equipaje porque si las botellas suman más kilogramos de lo permitido para bodega, las aerolíneas cobran con sevicia.

¿A usted cómo le ha ido trayendo sus destilados al país?

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